A
finales de los años 5O comenzó a darse un nuevo fenómeno: la inmigración en masa a
Alemania Occidental. El capital monopolista es quien dirige la evolución en los países
industrializados con inmigración, y en muchas ocasiones es el mismo capital monopolista
quien controla la economía de los países con emigración. Es una evolución
caracterizada por la concentración de la industria y el traslado de los seres humanos a
las zonas que interesan al capital monopolista.
Es importante aquí esclarecer una serie de factores para la mejor comprensión de la
táctica del sistema represivo y de las reacciones en distintos sectores.
La inmigración a Alemania Occidental ha tenido lugar en su mayor parte en forma
organizada. Ha sido el capital alemán quien ha ido a buscar a los potenciales emigrantes
a sus respectivos países y ha realizado una selección física de ellos con objeto de
satisfacer sus necesidades de fuerza de trabajo. Esto en estrecha relación con el paro
existente en los países suministradores de emigrantes, pero provocado por la evolución
del capitalismo «nacional» e «internacional», ha originado la emigración.
Los inmigrantes llevan consigo un fondo político y
unas experiencias que pueden ser intercambiados con los de los obreros aborígenes. Ello
puede conducir a una mayor concienciación y mayor actividad política por ambas partes. A
esto hay que añadir las dificultades de control para el sistema por motivos idiomáticos:
Todo ello hace necesario para el sistema represivo un control muy especial de los
extranjeros para tratar de impedirles o apartarles por medio de las oportunas medidas de
toda actividad política que no interese al sistema. Ejemplos de tales medidas pueden ser
la colaboración con los aparatos represivos de los países de origen y leyes que limiten
los derechos de los extranjeros. Lo que al capital interesa es la fuerza de trabajo. Y el
hecho de que esa fuerza de trabajo se dé en un cuerpo conjuntamente con otras dimensiones
y necesidades no es considerado más que como un mal insoslayable que hay que procurar
minimizar como sea.
En los países de inmigración nadie ha preguntado a los ciudadanos que han de trabajar y
convivir con los inmigrantes si están de acuerdo y dispuestos a afrontar todo lo que ello
acarrea o no. Y si está bien claro que entre seres humanos que hablan distinto idioma,
tienen un fondo cultural distinto, etc., pueden surgir problemas, tanto mayores pueden ser
esos si además la voluntariedad en su convivencia brilla por su ausencia. Pueden surgir
conflictos en que cada parte achaque sus problemas a la otra, y ambas se olviden de
iniciar una lucha común contra el común enemigo.
El aparato represivo tiene aquí la posibilidad táctica de dirigir sus medios primero
contra una de las partes (la más aislada de la totalidad) para paulatinamente proyectarla
también sobre la otra. Si esa táctica consigue sus propósitos, la inmigración que,
como hecho consumado, podría haberse utilizado para reforzar el internacionalismo obrero,
es empleado para fines opuestos.
El capital puede, pues, azuzar conflictos entre los inmigrantes y los obreros aborígenes
cuando así le convenga. El dispone de todos los medios, entre ellos los medios de masas
burgueses. Esto puede actualizarse en situaciones laborales conflictivas, y cuando el paro
aumenta en el llamado mercado del trabajo, cuando los inmigrantes emprenden la lucha
contra los intereses capitalistas, al capital le es fácil indicar en su propaganda que
ellos transfieren ciertos problemas de sus países de origen al de inmigración y que lo
que quieren es dañar las tradiciones democráticas del último. Los obreros aborígenes,
que a menudo ven en los inmigrantes competidores en el mercado de trabajo y que no han
podido decidir sobre su presencia en el país, son presa fácil para la agitación del
capitalismo. Esto se hace aún más claro allí donde los sindicatos no ven en el sistema
capitalista de producción algo con lo que hay que acabar, porque entonces no pueden
atacar a la verdadera causa del problema. Los sindicatos en tales casos dan explicaciones
que se acercan a la agitación capitalista. El resultado son fuertes sentimientos
nacionalistas entre los obreros aborígenes que alimentan la escisión con los
inmigrantes. Esos sentimientos y la discriminación en que el inmigrante de facto vive,
producen en él algo semejante. Cuando él después de algún tiempo vuelve o se ve
obligado a volver a su país de origen, los sentimientos y experiencias que lleva no son
precisamente de los más favorables para el internacionalismo obrero.
Entre las fuerzas causantes de la inmigración (o emigración) hay que contar también a
las políticamente responsables de la evolución del capitalismo monopolista. Esas fuerzas
no solamente han facilitado sino que también se han valido de ella para sus fines. El
«Deutsches Industrieinstitut» considera, según el diario Frankfuerter Rundscha del
22-1-1972, que el empleo de extranjeros no solamente ha fomentado el crecimiento, sino que
también ha servido como estabilizador coyuntural debido a la alta propensión al ahorro
de los extranjeros. Cuando la coyuntura ha declinado, se ha podido emplear la «movilidad
de los extranjeros» para aminorar el paro: durante el bajón coyuntural de 1966/67 un
tercio de los extranjeros en Alemania Occidental (unos 400.000 de 1.300.000) tuvo que
abandonar el país ... Todo esto está claramente expuesto en un decreto del 10-3-72 en
Berlín Occidental: por lo que se refiere a extranjeros en paro se puede «acortar ... el
permiso de estancia u ordenar la expulsión en cuanto el obrero extranjero en paro se vea
obligado a acudir a la ayuda social para poder tener su sustento», ver 6-11-10-72, así
como el art. 10, subart. 1 de la Ley de extranjeros, en el apéndice).
En otros casos se puede emplear otro sistema: «En casos de larga enfermedad puede ser
denegado el permiso de estancia porque la finalidad de tal estancia, esto es, la actividad
laboral, y con ello la ayuda a la economía y la industria alemanas, ya no se da» (ver
7-1970).
LA LEY DE EXTRANJEROS EN ALEMANIA OCCIDENTAL
La Ley de extranjeros actualmente en vigor en
Alemania Occidental, que fue aprobada el 28 de abril de 1965 y entró en vigor el 1 de
octubre de 1965 sustituyó a la que había estado en vigencia desde el 22 de agosto de
1938 (Ausländer Polizeiverordnüng).
El carácter de «goma» de los artículos de la citada Ley es fácil de ver ya en la
misma formulación de la Ley. Que se entiende por «no daña los intereses de la
República Federal Alemana» o que es lo que entra en «perturbaciones de la seguridad y
el orden públicos», «daños en la formación de la opinión política en la República
Federal Alemana» (art. 6), «la salud o la moral públicas» (art. 10). Y, ¿quién es el
sumo sacerdote que hace dar contenido infalible estas y parecidas vagas formulaciones?
Antes de seguir adelante queremos llamar la atención sobre el art. 6, párrafo 3, como
eslabón de ligazón de las cadenas de la Ley de extranjeros con las del art. 129,
Una idea del espíritu de la Ley nos la da la «motivación oficial de la Ley de
extranjeros» de 1962.
FINES DEL PROYECTO DE LEY
El gobierno federal persigue una política liberal y
abierta al mundo que facilite la entrada y estancia de extranjeros. En la realización de
esa política no se debe pasar por alto, sin embargo, la dicotomía del mundo actual en
dos sistemas políticos opuestos.
Mientras las ventajas de la postura liberal favorecen a una de las partes tiene el Estado
que poder tomar medidas de defensa contra extranjeros de parte de los cuales amenacen
peligros ... El proyecto tiene, pues, una doble finalidad y lleva a un tratamiento
diferente de los extranjeros, a cada uno según su actitud política respecto a la
República Federal Alamana».
Todo esto puede ser comparado con el «decreto de guerra sobre el tratamiento de
extranjeros» del 5 de septiembre de 1939, época hitleriana, que diferenciaba entre
ciudadanos de estados enemigos y otros extranjeros.
Más detalles sobre el espíritu de la Ley que nos ocupa pueden ser sacados del
«Reglamento general Administrativo para la aplicación de la Ley de extranjeros».
El mismo Gescher, en una carta de respuesta a la organización «Humanistische Union» que
agrupa, entre otras personas, a numerosos juristas de la RFA que han puesto en cuestión
toda esta legislación y han elaborado contraproyectos, escribía: «Según las
investigaciones de este ministerio, la protección de derecho de los extranjeros contra
decisiones y medidas gravantes de la Administración de la RFA está asegurada en una
medida que no es superada por ningún otro estado del mundo y que es cercanamente
alcanzada sólo por pocos estados. »
No estando en condiciones de dilucidar si tales comparaciones son ciertas o no, nos vamos
a limitar a hacer una pequeña comparación con la legislación correspondiente en esa
zona de Europa en tiempos de un señor que no se las daba precisamente de liberal ... El
decreto de Hitler sobre la policía de extranjeros (APVO) establecía en su art. 13 las
penas de detención y multa hasta de 150 Reichsmark por la estancia ¡lícita en el país,
y la pena de un año de cárcel y (o) multa por la violación de una prohibición de
estancia en el país de una limitación territorial en el permiso de estancia. La
«liberal» legislación actual ha extendido las normas correspondientes a 6 delitos y 10
cuestiones de orden y pide pena de cárcel hasta de un año y/o multa de 5.000 DM en caso
de premeditación y 2.000 DM en caso de negligencia. Para la ejecución de una orden de
expulsión del país permite la ley actual un período de detención hasta de un año,
mientras que el APVO, de Hitler ordenaba un máximo de 6 meses por idéntica cuestión.
El diario sueco «Dagens Nyheter» del 18 de enero de 1973 escribía sobre la muerte del
ciudadano francés de 24 años de edad producida por los malos tratos recibidos en una
cárcel de Hamburgo mientras esperaba la ejecución de una orden de expulsión de la RFA.
COLABORACION PATRONOS LEGISLADORES - POLICIA
Según W. Kanein, consejero del Ministerio del
Interior de Baviera en 1966, en sus comentarios a la Ley de extranjeros, «la agitación
en las empresas y en la industria (por ejemplo el soliviantar o enconar los ánimos de los
obreros extranjeros con consignas de la lucha de clases para perturbar la paz laboral, la
distribución de octavillas y fascículos ante las universidades o en calles muy
traficadas puede ser considerada como «perturbación del orden público», lo cual
constituye un motivo de expulsión del país, según el art. 6, párrafo 2 de la Ley de
extranjeros.
El periódico «Zeit» del 25 de diciembre de 1970, escribe sobre las experiencias de
obreros que han trabajado en empresas como la Bayer, la Felten & Guilleaume,
Fordwerken en Colonia entre otras, y que han experimentado directamente la acción de la
policía de seguridad alemana. Esas empresas tienen «listas negras»: los obreros
sospechosos de ser comunistas no reciben empleo o son despedidos a posteriori si son
reconocidos por la policía de seguridad.
En el otoño de 1971, poco antes de las votaciones en el sindicato del Metal sobre una
posible huelga, las empresas concernidas enviaron una carta a «sus colaboradores
extranjeros» en la que, entre otras cosas, se decía: «Decídase libremente y consciente
de su responsabilidad contra la huelga (. ..) No se crea todo lo que sobre nosotros se le
contará en los próximos días, sobre todo, no se deje utilizar bajo ningún concepto en
acciones ilegalas por fuerzas radicales. Acciones delictivas pueden conducir a «su
expulsión del país y con ello a la pérdida duradera de su puesto de trabajo en
Alemania».
LA POLICIA DE SEGURIDAD ALEMANA DE LA MANO DE LA
PATRONAL
El 10 de noviembre de 1971 se reunió en Colonia la
comisión para la «mano de obra extranjera» de la organización patronal de la RFA
(RDA). A la reunión, y como representante de la policía de seguridad, asistió el
director Dr. Bessel Lorck. En el acta de la reunión y sobre «la infiltración política
de los extranjeros» se dice:
«Las autoridades federales y de los Länder para la policía de seguridad están muy
interesadas en un intercambio de experiencias con los patronos y en informaciones de los
patronos ... La policía de seguridad interviene especialmente en caso de huelgas ilegales
y de actos de sabotaje. Sería por ello de desear que las empresas entregasen
informaciones en forma no burocrática. Una comunicación telefónica sería deseable. La
instancia competente de la policía de seguridad se puede contactar en Colonia por el
teléfono 47 13. Esta autoridad está especialmente interesada en notificaciones sobre
excesos en las empresas motivados políticamente.
Los miembros de la comisión discutieron también sobre la cuestión de «en qué medida
se podría conseguir la expulsión del país de los activistas extranjeros», y pidieron
«que las empresas sean mejor informadas en el futuro por la policía de seguridad sobre
los acontecimientos. La acción huelguística en relación con el conflicto salarial en la
industria química ha mostrado que precisamente los extranjeros han actuado muy
activamente.»
En el informe de la policía deseguridad de la RFA para 1971 se dice «la agitación de
los grupos de extranjeros de extrema izquierda -principalmente de las asociaciones turcas,
italianas, españolas y griegas-» que, según, el informe, está dirigida «contra las
condiciones de trabajo en la RFA y contra los patronos alemanes ... persigue el propósito
de aprovechar abusos en el alojamiento, cuidados e incorporación social de los
Gastarbeiter para producir una situación de lucha de clases. Muy a menudo se hace la
acusación de explotación y discriminación dentro y fuera de las empresas», y en la
pág. 105: «...a la RFA se achacan tendencias imperialistas».
En la pág. 86 del mismo informe se puede leer: «Teniendo en cuenta la tenacidad con que
esos círculos operan en territorio alemán, hay, sin embargo, que temer que la
predisposición de los Gastarbeiter para acciones políticamente extremas se verá
reforzada en el futuro en tanto en cuanto no se consiga detener a tiempo esa amenazadora
evolución. »
Esa «amenazadora evolución» depende de que esos seres humanos van comprendiendo más y
más su propia situación y no están dispuestos a lamer la mano del opresor aunque venga
esta disfrazada con un guante pretendidamente democrático. Es por ello que los
detentadores de¡ poder tomar medidas represivas para tratar de ahogar las protestas.
GRUPOS RADICALES DE EXTRANJEROS
Interesante en este contexto es el saber cuáles son
las organizaciones a las que se achaca «esa amenazadora evolución» y cuyos miembros
podrían ser expulsados del país para acabar con «el problema». Ya en 1969/70 la
policía de seguridad de la RFA había contado hasta 100 «grupos radicales de
extranjeros» con unos 50.000 miembros en la RFA. En el anteriormente citado informe para
1971, la policía de seguridad da cuenta de 220 grupos con unos 65.000 miembros, de los
cuales unos 46.000 eran considerados como «extremistas de izquierda». Véanse las dos
listas aparte. La segunda de las cuales indica algunos ejemplos de organizaciones
consideradas como «riesgos para la seguridad» del país.
No menos interesante es, sin embargo, el hecho de que en las citadas listas no aparezcan
ninguno de los grupos de extranjeros neofascistas que abiertamente operan en la RFA, y de
los cuales nombraremos un par de ejemplos más adelante. Aunque, por otra parte, tampoco
es nada extraño conociendo el alto grado de penetración de la Administración y la
industria de la RFA por parte de capitalistas, técnicos, etc., muy comprometidos antaño
con el nazismo hitleriano. Un dato sin comentarios: de las 23 representaciones
diplomáticas que en 1971 tenía la RFA en América Central y del Sur, 11 estaban ocupadas
con cargo de embajador por antiguos miembros del partido de Hitler.
En esta misma fuente podrá el lector encontrar documentación sobre este particular
referentes a actuales dirigentes de las principales industrias de la RFA como la Siemens
Ag, la AEG, la Volkswagen, etc. Al lector español, en particular, le podrá quizás
interesar la documentación sobre el por Hitler nombrado «Dirigente de economía de
guerra», ingeniero Claudius Dornier, responsable y constructor de los aviones «Do 17»,
entre otros tipos, que fueron los que descargaron su lastre de bombas sobre Guernica el 26
de abril de 1937, y que en 1950 recomenzó su carrera desde sus «oficinas Técnicas
Dornier» en Madrid.
LA COLABORACION INTERNACIONAL DE LOS OPRESORES
Ya en lo anteriormente expuesto hay ejemplos de la
colaboración en este sentido entre la RFA y otros países. Y claro está que la
asociación patronal de la RFA aprovecha esta colaboración para sus fines explotadores.
«Dar Spiegel» escribía en su número del 31-8-1970 sobre una circular interna que la
citada asociación había enviado a sus miembros y en la que, entre otras cosas, se decía
que sería beneficioso pedir a los representantes de las embajadas extranjeras el pasar
por las empresas, «ya que ellos ejercen generalmente una influencia moderado, a sobre sus
compatriotas.»
Ya hemos indicado anteriormente que las autoridades de extranjeros tienen el deber de
informar sobre toda actividad política que observen entre los extranjeros. Las
representaciones extranjeras tienen, por otra parte, la posibilidad de recibir esos
informes cuando se refieran a alguno de «sus» ciudadanos en particular, lo cual facilita
la persecución política de esos ciudadanos. Como ejemplos pueden citarse los raptos de
estudiantes y científicos surcoreanos llevados a cabo en la RFA por el servicio de
inteligencia de Corea del Sur. 0 el espionaje y las amenazas contra ciudadanos persas por
parte del antiguo servicio de inteligencia persa (SAVAK).
Esta cuestión tiene, sin embargo, otra cara no menos grave: a través de los informes que
las embajadas extranjeras pueden conseguir de esa forma (y de otras por cierto), por
ejemplo, negar la prolongación de un pasaporte o la extensión de uno nuevo a personas en
las que están interesadas. Del art. 9, párrafo 1, de la Ley de extranjeros se desprenden
claramente las implicaciones; las personas en cuestión son expulsadas de la RFA. Este ha
sido el caso, por ejemplo, con ciudadanos survietnamitas con una postura crítica contra
la guerra del Vietnam y que se negaron a seguir las órdenes de movilización de la junta
de Saigón.
En Berlín occidental «los extranjeros que se presenten a la policía o a las autoridades
de extranjeros pidiendo asilo, deberán ser pr¡mero enviados a la oficina de registro de
los EE.UU. en Berlín 37, Sven Hedinstrasse 11, para su registro». 0 con otras palabras:
primero han de ser registrados por la CIA.
Conocida era también la actividad de la junta
griega, ahora pasada ya a la historia, a través del Servicio Central de Información,
dirigido en la RFA por el consejero de prensa de la embajada en Bonn, Emmanoull
Assaflotis, así como la actividad del servicio turco «Milli Hareket Partidi» bajo la
dirección de Algarslan Türkes, quien a comienzos de 1972 fundó en Bremen el
«Movimiento Obrero Turco Nacional Socialista».
Según declaraciones de muchos de los árabes expulsados de la RFA a raíz de los
acontecimientos de Múnich-72 fueron interrogados conjuntamente por los servicios de
inteligencia de la RFA y de Israel. Estos datos fueron confirmados inoficialmente por las
autoridades de extranjeros locales.
En noviembre de 1970 fue aprobada un cambio de ley referente a la colaboración entre la
administración central de la RFA y los distintos Lander, que hacía posible a la policía
de seguridad el control de los teléfonos y el correo, etc., cosa que la policía de
extranjeros no había podido realizar legalmente. Ello implica:
- El poder presentar ante los tribunales el material necesario para la expulsión de un
extranjero de acuerdo con las interpretaciones y las prácticas que anteriormente hemos
expuesto.
- Que se intenta asustar a los extranjeros con el fin de alejarlos de toda actividad
política y sindical (pensando también en la posibilidad de las embajadas de recibir esos
datos).
En el informe para 1971 de la policía de seguridad de la RFA consta lo siguiente:
-Adelantos en la lucha contra esas actividades que amenazan la seguridad, presuponen la
colaboración más íntima entre todos los órganos nacionales de protección ( ... ), la
ampliación del control de teléfonos y el correo a las asociaciones secretas extranjeras,
así como el intercambio internacional de las informaciones correspondientes,
El éxito del sistema represivo depende, pues, en parte del intercambio de informaciones,
y de lo anteriormente expuesto se desprende claramente el carácter de tales
informaciones.
El 19 de octubre de 1970 se reunieron en París representantes de las policías de
seguridad de los países del Mercado Común Europeo. En el orden del día figuraba la
coordinación de la lucha contra «grupos radicales de izquierda» y la formación de un
archivo central europeo sobre tantos radicales de izquierda» como sea posible. El archivo
es secreto.
En la RFA comenzó a funcionar un registro central de extranjeros el 1 de diciembre de
1971 (das Auslánderregister).
El 12 de septiembre de 1972 decidieron los diez ministros de Asuntos Exteriores del
entonces ampliado MCE el encargar a la Comisión Política del Mercado Común la
elaboración de medidas de «seguridad» y entre ellas una «coordinación de medidas
dentro del marco del derecho de extranjeros». La propuesta provenía del entonces
ministro de Asuntos Exteriores de la RFA, Walter Scheel.
AGRAVACION DE LA LEY DE EXTRANJEROS EN LOS CAJONES
MINISTERIALES
Existen pruebas de que el gobierno de Bonn tiene ya
desde hace algún tiempo preparado una propuesta que implicara una agravación mayor de la
legislación sobre los extranjeros. Solamente este hecho muestra ya claramente lo
insostenible del argumento de que grupos como el de Baader-Meinhof o acontecimientos como
los de Múnich-72 sean las causas de la represión. Cuando llegue el día, el sistema
encontrará con toda seguridad el pretexto adecuado para la persecución de su política
represiva, y ello independientemente de que queden árabes en el país o no,
independientemente de que queden miembros del grupo Baader-Meinhof en libertad o no.
Esta agravación se refiere a la llamada «Querschnittsgesetz», e implicaría graves
limitaciones también para el derecho de reunión y asociación de los mismos alemanes. La
policía, según la propuesta en cuestión, podría prohibir la distribución de
información sobre la situación en ciertos países. La policía podría también prohibir
o disolver reuniones privadas que los alemanes de la RFA organizasen si dichas reuniones
se dirigiesen a extranjeros. Por ejemplo, una reunión sobre el Vietnam, Persia, etc.
La prensa de la RFA ha escrito sobre esa propuesta que yace en los cajones ministeriales y
varias organizaciones de juristas y otras la han criticado pública y duramente. (Para una
documentación más amplia, incluido el texto, ver 3). Tres semanas antes de que la prensa
de la RFA escribiese sobre esta propuesta yacente (en «Dar Splegel»), había ya escrito
sobre el particular el diario persa Etel-La-At. Este diario indicaba como fuente de sus
datos «círculos políticos de Teherán». Y es que por aquellas fechas el señor Reza
Pahlevi, más conocido por el Shah de Persia, había recibido la visita del
socialdemócrata y premio Nobel de la Paz, el señor Brandt ...
TENDENCIAS GENERALES
La táctica del sistema democráticamente represivo
parece seguir dos pasos principales:
- Una criminalización de las fuerzas de izquierda que deberá ocultar la verdad, ésta
es, que en realidad se trata de una persecución política (el concepto utilizado es el de
«asociaciones criminales»). Esto habrá de ser conseguido atacando primero a los grupos
aislados, para después, cuando ya la opinión pública se haya acostumbrado a ello,
extender la persecución a los otros grupos. De esta forma se evitará más fácilmente
que dichos grupos se extiendan entre la población.
Ello no obstante, y habida cuenta de que tales presos no pueden, en la mayoría de los
casos, ser «resocializados» sin que se les destruya su personalidad y su consciencia,
este primer paso no es suficiente, y al sistema se le hace necesario pasar al segundo.
- La siquiatrización de los presos políticos, es decir, declararles síquicamente
enfermos.
Con ello quedan jurídicamente indefensos y el proceso de la destrucción de su
personalidad puede dar comienzo, al mismo tiempo que se hace más fácil el realizar una
campana para desacreditar sus actividades. Ulrike Meinhof fue obligada a pasar por un
análisis de su cerebro en 1973 bajo el pretexto de que había tenido un tumor en la
cabeza hacía diez años.
La asociación patronal de la RFA ha realizado una campaña en este sentido contra el
conocido periodista Günther Wallraff con el pretexto de que éste había recibido
tratamiento siquiátrico hace algunos años.
Dar Spiegel informaba en su número del 14 de enero de 1974 sobre la agitación que
distintos comités llevan a cabo en Hamburgo para detener los experimentos que se vienen
realizando en el hospital de la Universidad de Hamburgo-Eppendorg. La finalidad de dichos
experimentos es el desarrollar métodos de tratamiento para manipular y destruir a un ser
humano mantenido en aislamiento, así como el investigar las formas de conseguir el mismo
resultado con un ser humano que no puede ser aislado por completo, a través de drogas.
EN ADELANTE: COMBINACION DE MEDIOS «PACIFICOS» Y
VIOLENTOS
Los datos anteriormente citados dan a entender que
los sistemas «democráticamente» represivos están coordinando y rearmando su
maquinaria.
Los últimos años han sido testigos en la RFA de un gran número de las llamadas
«huelgas salvajes» llevadas a cabo conjuntamente por
obreros germano-occidentales y «Gastarbeiter».
Según un informe de la OECD habría hacia 1980 unos 50 millones de parados en los países
mediterráneos si no se lleva a cabo un desarrollo económico más rápido en esa región.
Quizás fuese esta perspectiva con respecto al futuro lo que indujo al ministro del
Interior de Nordrhin-Westfalen a decir: «la población tendrá que acostumbrarse a ver
policías armados con metralletas lo mismo que a pagar impuestos».
La RFA ya se ha dado el instrumento «democrático» necesario para el caso en que ni
siquiera la vista por doquier de policías armados con metralletas fuesen suficiente para
detener aquellos que los detentadores del poder temen. El susodicho instrumento nació el
31 de mayo de 1968: las leyes de excepción.
Esas leyes tropezaron con una oposición masiva de parte del pueblo (Los
«representados»), pero -ello no obstante- fueron aprobadas por los «representantes» de
esos pueblos. Y, a fin de cuentas, serán esos «representantes» los que interpretarán
el momento adecuado para ponerlas en práctica, y serán los «representados» los que
sentirán los efectos.
El periodista Günther Wallraff contó en un acto público que tuvo lugar en la primavera
de 1973 en Estocolmo (Suecia) que inmediatamente después de aprobadas las leyes de
excepción en la RFA, el ejército y la policía realizaron un simulacro de estado de
excepción. Una parte de la operación consistía en impedir a los extranjeros el
abandonar la zona para poder mantener a la industria de la RFA en marcha. Compare el
lector esto con el art. 19 de la Ley de extranjeros y tendrá una muestra de lo fino que
el sistema represivo teje su red.
Se podrá aducir que en la coyuntura económica actual no es ese precisamente el peligro,
puesto que, por el contrario, se quieren deshacer de los «Gastarbeiter», pero lo más
importante es ver que el sistema cuenta con la posibilidad aducida. Además no deja de
completar la perspectiva en que el sistema ha entroncado a esos extranjeros, cuando te
interesa, les arroja del país a la fuerza, y si la situación llegase a ser otra, se les
impediría salir del país ... también a la fuerza.
F. M.
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